Resolución General de la Administración Federal de Ingresos Públicos 4266/2018

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) realiza por la presente aclaraciones acerca del alcance de las disposiciones previstas en RG AFIP 2.151/2006, a través de la cual se establecieron los procedimientos, formas, plazos y condiciones que deben cumplir los contribuyentes y responsables del impuesto sobre los bienes personales, para cumplir con las obligaciones de determinación e ingreso del gravamen. Se establece que los contribuyentes y responsables tienen la obligación de presentar las declaraciones juradas determinativas del impuesto y, en su caso, ingresar el saldo resultante, cuando se encuentren inscriptos en el respectivo gravamen, aun cuando no se determine materia imponible sujeta a impuesto por el respectivo período fiscal, o cuando les corresponda la liquidación del impuesto por darse los supuestos de gravabilidad que las normas establecen, aun cuando no hubieran solicitado el alta con anterioridad al vencimiento fijado para cumplir con la respectiva obligación de determinación e ingreso.