Resolución General de la Administración Federal de Ingresos Públicos 4286/2018

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) modifica la RG AFIP 4003/2017 (sobre el Régimen de Retención del Impuesto a las Ganancias) en pos de actualizar la procedencia de las deducciones en concepto de hijo, hija, hijastro o hijastra. En tal sentido, se establece que, en el caso de las cargas de familia menores a 18 años, la deducción debe ser computada por quien posea la responsabilidad parental y que, cuando la deducción la efectúen ambos padres solo podrán computar el 50% del valor deducible. Para las cargas de familia de sujetos incapacitados para el trabajo mayores a 18 años, la deducción será computada por el pariente más cercano y, si ambos padres desean computar la deducción, deberán tomar cada uno el 50% del valor deducible.  Las disposiciones de esta resolución son aplicables para el período 2018 y establece que, a partir del 03/09/18, se deberá actualizar la información de las cargas de familia suministrada a través del servicio ‘Sistema de Registro y Actualización de Deducciones del Impuesto a las Ganancias (SiRADIG) – Trabajador’, disponible en el sitio web institucional, en virtud de lo establecido por esta resolución general.