Con vigencia a partir del 27/12/18, la AFIP modifica el procedimiento para la cancelación de la inscripción como empleador y la baja en el impuesto a las ganancias y sobre los bienes personales por pérdida de residencia. Los cambios apuntan a efectuar precisiones en la operatoria de cancelación de la inscripción de algún impuesto o recurso de la seguridad social, respecto de empleadores que hayan realizado la presentación del formulario de declaración jurada N° 931 consignando la leyenda ‘Sin empleados’, a la vez que se contempla la exclusión del cumplimiento de determinados deberes formales en la exteriorización de dicho formulario. Entre otras novedades, se detalla el procedimiento a utilizar por los responsables sustitutos de los sujetos residentes en el exterior que tributan el impuesto sobre los bienes personales, en cuanto a los aspectos relativos a su inscripción como tales y ante el cambio de domicilio fuera de territorio nacional.