Resolución General de la Administración Federal de Ingresos Públicos 4956/2021

La Administración fiscal extiende el régimen de reintegros establecido por la Resolución General Nº 4.676-modificatorias y su complementaria-, para las operaciones que efectúen sus beneficiarios hasta el día 30 de junio de 2021, inclusive.  Se recuerda que esta facilidad, tal como dice la norma en sus considerandos, es un régimen de reintegros de una proporción de las operaciones que las personas humanas -en carácter de consumidores finales- abonen por las compras de bienes muebles realizadas en comercios minoristas y/o mayoristas, mediante la utilización de tarjetas de débito, asociadas a cuentas vinculadas a los beneficios de jubilación, pensión y/o asignación, abiertas en entidades financieras comprendidas en la Ley Nº 21.526 y sus modificaciones.