Resolución General de la Administración Federal de Ingresos Públicos 5403/2023

Impuesto a las Ganancias. Impuesto sobre los Bienes Personales. Régimen de percepción. Resolución General Nº 4.815 y sus modificatorias. Norma modificatoria.
AFIP modifica la Resolución General Nº4.815 y sus modificatorias, conforme se indica a continuación: 1. Sustituir en el inciso c) del artículo 5°, la expresión ‘VEINTICINCO POR CIENTO (25%).’ por la expresión ‘CINCO POR CIENTO (5%).‘. 2. Sustituir en el inciso b) del punto 2. del artículo 6°, la expresión ‘Las percepciones practicadas a la tasa del VEINTICINCO POR CIENTO (25%) tendrán el siguiente tratamiento:’ por la expresión ‘Las percepciones practicadas a las tasas del CINCO POR CIENTO (5%) o del VEINTICINCO POR CIENTO (25%) –según corresponda– tendrán el siguiente tratamiento:’. 3. Sustituir en el texto de la columna denominada ‘DESCRIPCIÓN’ del cuadro obrante en el tercer párrafo del artículo 14, con excepción del correspondiente a los códigos de régimen de percepción 514 y 508, la expresión ‘(25%)’ por la expresión ‘(5%)‘.  La Resolución General Nº4.815 y sus modificatorias estableció un régimen de percepción que se aplica sobre las operaciones alcanzadas por el ‘Impuesto Para una Argentina Inclusiva y Solidaria (PAIS)’.