Procedimiento. Resoluciones Generales Nros. 4.298 y 4.614. Regímenes de Información de Entidades Financieras y de plataformas de gestión digital o electrónica. Norma modificatoria. |
AFIP actualiza los importes a partir de los cuales los sujetos obligados deben informar sus obligaciones en el Sistema Informativo de Transacciones Económicas Relevantes – SITER (Resolución General N° 4.298) y el Régimen de información de plataformas digitales/electrónicas (Resolución General N° 4.614). Además, aclara que cada 6 meses actualizará los importes previstos sobre la base del coeficiente que surja de las variaciones del Índice de Precios al Consumidor Nivel General (IPC), conforme a los valores suministrados por el NDEC y los publicará en los meses de junio y diciembre de cada año en el sitio ‘web’ institucional (https://www.afip.gob.ar). Los nuevos valores resultarán de aplicación para las obligaciones cuyos vencimientos ocurran a partir del 1 de agosto y del 1 de febrero de cada año, según corresponda. Esto último comenzará a regir a partir de la actualización que será publicada en el mes de diciembre de 2024 y resultarán de aplicación a las obligaciones cuyos vencimientos operen a partir del 1 de febrero de 2025. |