Procedimiento. Clave de Inversores del Exterior (CIE). Resolución General Nº 3.986 y sus modificatorias. Su modificación. Clave de Identificación Especial. Resolución General Nº 4.226. Su abrogación. |
ARCA adecúa la Resolución General N°3.986 y sus modificatorias para hacerla extensiva a personas humanas residentes en el exterior. La mencionada resolución, estableció el procedimiento por el cual las entidades financieras del país y los agentes financieros autorizados y registrados en la CNV deben solicitar la Clave de Inversores del Exterior (CIE) con carácter previo a la apertura de una cuenta cuyo titular sea una persona jurídica, agrupación no societaria y/o cualquier otro ente colectivo residente en el exterior que pretenda realizar inversiones financieras en el país y no posea clave asignada por la Agencia de Recaudación y Control Aduanero. |