Resolución General de la Comisión Nacional de Valores 968

Fusión de Fondos Comunes de Inversión Abiertos
La CNV establece un régimen especial aplicable para la fusión de FCI Abiertos, de manera de otorgar a las Sociedades Gerentes nuevas herramientas que les permitan gestionar de modo más eficiente los vehículos de inversión bajo su administración. El régimen reconoce la posibilidad de:- la fusión de dos o más FCI que son cancelados con el objeto de constituir uno nuevo; y- la fusión por absorción de uno o más FCI por parte de otro. Entre los puntos salientes, establecen:- El contenido mínimo que deberá comprender el Acuerdo de fusión, así como la documentación necesaria al momento de su autorización y una vez efectivizada la fusión.- Un plazo para el ejercicio del derecho, por parte de los cuotapartistas, de solicitar el rescate de sus cuotapartes sin ninguna comisión y/o cargo.- Para la determinación de la relación de canje entre las cuotapartes de los FCI partícipes, disponen que se utilicen los valores correspondientes al cierre del día anterior a la fecha efectiva de la fusión.